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Novedades en materia de inmigración con el D. L 130/2020

Importantes modificaciones en materia de inmigración: La posibilidad de convertir algunos permisos de residencia llamados “precarios” veamos a continuación de que se trata.

Se modifica el párrafo 6 del art. 5 TUI que contenía el derogado permiso de residencia por razones humanitarias. La modificación limita la revocación o la denegación del permiso de residencia cuando ello es incompatible con el Derecho constitucional italiano y las obligaciones internacionales. 

La formulación de la norma deja entrever la intención del Gobierno de superar definitivamente las objeciones de inconstitucionalidad y contradicción con los principios del Derecho internacional que se habían movido con la derogación del permiso de residencia por motivos humanitarios. 

Se ha ampliado considerablemente el número de permisos de residencia para los que se puede solicitar la conversión en permiso por trabajo. Además del permiso por motivos de estudio ahora también los titulares de permiso por protección especial, calamidades, residencia electiva, deportes, actividades artísticas, motivos religiosos, permiso de residencia en espera de la ciudadanía, y de asistencia menor, art. 31, podrán ser convertidos a su vencimiento en permisos de trabajo.

El permiso de protección especial, primero circunscrito a los casos en los que, a pesar de faltar las condiciones para la concesión de la protección internacional, el extranjero no podía volver a su país, por el riesgo de ser sometido a tortura o trato inhumano y degradante, se ha ampliado también a los casos en que la expulsión del extranjero implicaría una violación del derecho a su vida privada y familiar, la misma que tendrá que ser evaluada teniendo en cuenta la realidad de los vínculos familiares del interesado, de su efectiva inserción social, la duración de la estancia en Italia y la existencia de vínculos familiares, sociales y culturales con su país de origen. 

El permiso de residencia por catástrofes naturales se amplía, lo que permite vislumbrar una apertura hacia la acogida de los c.d. migrantes climáticos. En efecto, el requisito para la concesión del permiso ya no es el estado de catástrofe "excepcional y contingente" del propio país de origen, sino la mera existencia de una situación de "gravedad", por lo tanto también no transitoria.

El permiso por motivos de salud también permitirá el ejercicio de la actividad laboral. Además, se ha ampliado el número de extranjeros que pueden permanecer en Italia en caso de problemas de salud. En efecto, ya no es necesaria la presencia de "condiciones de salud de especial gravedad", sino de "graves condiciones de salud psico-físicas o derivadas de graves patologías".

En materia de Ciudadanía italiana, se reduce el plazo máximo para la concesión de la nacionalidad italiana al extranjero que pasa e 48 meses a 36 meses pero sólo para las solicitudes presentadas después de la conversión en ley del Decreto.

Avv. Grimaneza Victoria

Avvocato italo peruviana del foro di Roma

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