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Regularización de trabajadores extranjeros 2020

En el decreto ley llamado "Decreto Rilancio" aprobado en fecha 13 de mayo de 2020 se ha previsto la regularizaciòn de las relaciones laborales de trabajadores extranjeros e italianos.

La regularización ha sido incluida en el artículo 110 bis (emersione di rapporti di lavoro).

La solicitud se podrá presentar desde el 1 de junio hasta el 15 de julio 2020.

En lo que concierne al trabajador extranjero han sido previstas dos formas de regularización y por lo tanto la emisión de dos tipos de permisos de residencia:

1. Permiso de residencia por motivos de trabajo para los extranjeros irregulares presentes en Italia que hicieron ingreso en territorio italiano antes del 8 de marzo de 2020 y que no abandonaron el territorio después de esa fecha.

2. Permiso de residencia temporal por un período de seis meses para todos aquellos extranjeros titulares de un permiso de residencia vencido y no renovado después del 31 de octubre 2019  y que no han abandonado el territorio italiano en fecha sucesiva al 8 de marzo de 2020.

Veamos a continuación brevemente  los dos tipos de permiso de residencia, debidamente se aclara que se trata de una primera lectura y que sucesivamente  con la aprobación del decreto de actuación se van a dar a conocer con mayor precisión el procedimiento y requisitos.

1. EL PERMISO DE RESIDENCIA POR MOTIVOS DE TRABAJO permesso di soggiorno per motivi di lavoro (art. 110 bis comma 1)

Se prevé la emisión de un permiso de residencia por motivos de trabajo para todos aquellos extranjeros que desarrollen actividad laboral en los sectores de la agricultura, la ganadería y la cría de animales, la pesca y la acuicultura y actividades afines; asistencia a la persona non autosuficiente (badante); trabajo en el sector doméstico (colf).

La presencia en Italia de los ciudadanos extranjeros antés del 8 de marzo de 2020 podrá ser verificada ya sea por el control fotodatiloscópico o por la declaración de presencia a la policía.  Los extranjeros no tienen que haber abandanonado el territorio italiano despúes del 8 de marzo 2020.

La solicitud  en este caso será presentada por el empleador; este último puede ser ciudadano italiano o de uno de los Estados de la Unión Europea o extranjero con permiso de residencia a largo plazo de la UE (carta di soggiorno).

Requisitos:

- realizar trabajos en los sectores indicados en el decreto (sector agrícola y otros, colf, badante);

- haber ingresado a Italia antés del 8 de marzo de 2020 y no haber abandonado el territorio nacional después de la misma fecha;

Procedimiento (se debe esperar un decreto interministerial para confirmar el procedimiento específico)

- la solicitud debe ser presentada por el empleador en la ventanilla única para la inmigración – Sportello unico per l’immigrazione (SUI);

- se prevé una contribución fija de 400 euros para los costos de gestión del trámite, además de una contribución fija adicional aún no especificada.

-  en la solicitud se tiene que indicar la duración del contrato de trabajo y la remuneración acordada, no inferior a la prevista en el convenio colectivo nacional;

- el SUI verifica la admisibilidad de la declaración hecha por el empleador. Para este fin, será necesario obtener una opinión Questura sobre la ausencia de impedimentos, también se requerirá una opinión de la Inspección Territorial de Trabajo competente sobre la capacidad económica del empleador y la idoneidad de las condiciones de trabajo aplicadas;

Posteriormente, la SUI procede a la convocatoria para la estipulación del contrato de residencia (contrato di soggiorno), para la comunicación obligatoria de empleo y para completar la solicitud del permiso de residencia para trabajo subordinado;

ATENCIÓN: la falta de presentación del empleador y del trabajador sin razón justificada a la convocatoria de la SUI implica el cierre del procedimiento.

La concesión del permiso de residencia por motivos laborales determina la extinción de delitos y faltas administrativas. 

En el caso del empleador  se extinguen los procedimientos penales y administrativos por el empleo de trabajadores para los cuales se ha presentado la declaración de regularización,  se extinguen así mismo sanciones de naturaleza financiera, fiscal, de seguridad social o de bienestar.

En el caso de los extranjeros, implica la extinción de los procedimientos penales y administrativos por la entrada y residencia ilegal en el territorio italiano, con la exclusión de algunos delitos.


2. PERMISO DE RESIDENCIA TEMPORAL (art. 110 bis párrafo 2, párrafo 13)

Ha sido prevista la emisión de un permiso de residencia de seis meses, válido solo en Italia, renovable por motivos de trabajo.

Requisitos:

-  ser titular de permiso de residencia vencido después del 31 de octubre de 2019, que haya sido renovado ni convertido en otro permiso de residencia.

- no haber abandonado el territorio despúes del 8 de marzo de 2020;

- haber trabajado en los sectores agrícola y otros, de asistencia a la persona y trabajo doméstico;

Procedimiento:

La solicitud puede ser presentada directamente por el  trabajador extranjero en la sede de la policía competente (Questura de residencia y/o domicilio).

El ciudadano extranjero tiene que presentar documentos válidos que den prueba  de haber realizado actividad laboral en los sectores indicados en el decreto.

Se prevé una contribución de 160 euros de costos de gestión de la solicitud;

ATENCIÓN: la documentación será objeto de control por la Inspección Nacional del Trabajo.

Una vez presentada la solicitud, se emitirá un ATTESTATO que permitirá al trabajador extranjero de residir regularmente en Italia durante el período indicado;  trabajar, solamente en los sectores indicados en el decreto; registrarse en las listas de colocación; presentar solicitud de conversión de permiso de residencia temporal.

El permiso de residencia temporal, a su vencimiento y en presencia de contrato de trabajo subordinado, podrá ser convertido en permiso de residencia por trabajo.

3. INADMISIBILIDAD DE LA SOLICITUD POR LA CONDICIÓN DEL EXTRANJERO:

Non serán admitidas las solicitudes de regularización de extranjeros que han tenido:

- Orden de expulsión (llamado foglio di via) por algunos delitos;

- Informes de diniego del ingreso en territorio italiano;

- Condenas por fraude, delitos contra la libertad, tráfico de drogas, ayuda e incitación a la inmigración ilegal, la prostitución e incluso menores de edad;

-  Ser considerados como una amenaza  para el orden público y la seguridad nacional en Italia o en otros países europeos;

4. INADMISIBILIDAD/DENIEGO DE LA SOLICITUD POR LA CONDICIÓN DEL EMPLEADOR

No serán admitidas o serán objeto de deniego las solicitudes presentadas por empleadores que hayan sido condenados en los últimos 5 años, incluso con sentencia no definitiva, por favorecer a la inmigración ilegal en Italia, por delitos de favorecimiento a la prostitución, incluso de menores de edad, esclavitud y explotación ilícita del trabajo.

La solicitud puede ser rechazada si el empleador no firma el contrato de trabajo en la SUI o si el trabajador extranjero no es contratado, excepto en casos de fuerza mayor.

Es importante aclarar que en el tiempo que dure los trámites de regularización esta prohibido la explusión de los trabajadores extranjeros.

Se ha previsto la aprobación de un decreto de actuación en un plazo de 10 días de la entrada en vigor del decreto ley, en el que se establezcan los límites de ingresos económicos del empleador, la documentación que certifica la actividad laboral, los procedimientos para presentar la solicitud de regularización de trabajadores extranjeros y la contribución única forfait que el empleador debe depositar en el caso de solicitud de permiso de residencia por trabajo.



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